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16 de julio, 2025

Panamá regula la Difusión de Imágenes Intímas No Consentidas

Autor: IPANDETEC

Panamá regula la Difusión de Imágenes Intímas No Consentidas image

El 14 de julio de 2025, la Asamblea Nacional de Diputados de Panamá, aprobó en tercer debate, la adecuación de la regulación a los estándares establecidos por el Convenio de Budapest, para combatir la ciberdelincuencia. Además, modifica y adiciona artículos al Código Penal, al Código Procesal Penal y a la Ley 11 de 2015. Esta ley introduce nuevas figuras penales y define conductas delictivas previamente no contempladas, así como medidas procesales.

El 4 de agosto de 2025, el Presidente de la República José Raúl Mulino sancionó la Ley 478 de 2025 que modifica y adiciona artículos al Código Penal, al Código Procesal Penal y a la Ley 11 de 2015, sobre asistencia jurídica internacional en materia penal, y dicta otra disposición respecto a medidas contra la ciberdelincuencia".

El artículo 166A regula la difusión de imágenes intímas no consentidas, como la primera y único tipo de violencia digital regulado en la legislación penal panameña.